viernes, 18 de noviembre de 2016

REUNIÓN CON EMPRESA, 17 NOVIEMBRE 2016

 
La Empresa nos explica que el procedimiento que se abre hoy corresponde únicamente al artículo 82/3 (clausula de descuelgue e inaplicación salarial) y en ningún caso y tal como nos trasladaron en la documentación anterior, de modificación sustancial según establece el artículo 41 del estatuto de los trabajadores.

La empresa nos hace entrega de la documentación correspondiente al inicio de periodo de consultas.

Nos traslada que les es imposible realizar el pago de las próximas nominas, por ello solicitan en dicho periodo de consultas que:

-las nominas se abonen el 50% los día 5 de cada mes y el 50% restante máximo el día 15 de cada mes.

-Respecto al 60% pendiente de la paga de JULIO y la paga de DICIEMBRE, nos trasladan que no hay tesorería y solicitan aplazar el pago de las mismas hasta el 30 de Enero de 2018.
 

Respecto a la denuncia a correos con referencia al franqueo, nos informa que ya está interpuesta la denuncia ante el tribunal del mercado de la competencia.

Desde UGT se traslada que la Empresa se ha negado en distintas reuniones (tal y como le han venido solicitando las distintas representaciones sindicales) al prorrateo de las pagas extraordinarias,

Por ello y para evitar que esta situación se repita con las pagas del 2017, se vuelve a proponer la adopción de dicha medida.

La Empresa traslada que sería una situación idónea para que dicho problema no fuera a más, pero técnicamente es difícil de asumir, si no se llega a un acuerdo con la deuda existente con los trabajadores.

Nos traslada que la situación es crítica y por ello entienden como imprescindible, para la viabilidad de la Empresa, el llegar a un acuerdo en lo que respecta a la renegociación de fechas respecto a la deuda que se mantiene con los trabajadores. (3 millones de euros) ya que de no ser así tendría que instar el concurso de acreedores.

Se fija las próximas reuniones para los días 24/11 y 28/11