viernes, 24 de febrero de 2017

COMUNICADO UGT PAGAS EXTRAS 2016



El viernes 17 de febrero de 2017, salió la sentencia de las pagas extraordinarias que se nos deben de 2016. Dicha sentencia dice que se han de abonar inmediatamente a los trabajadores las pagas extras pendientes.

La UGT de Catalunya, estamos trabajando para realizar las oportunos procedimientos que han de ser individuales (aunque puedan presentarse de forma colectiva), y os informaremos de la documentación a aportar, así como las cuantías de las demandas.

Aquí hemos de matizar una serie de puntos:

1.       Una vez que la sentencia ha salido, la Empresa tiene 5 días hábiles para apelar.

2.   Los plazos para realizar las demandas individuales, comienzan una vez que la empresa no haya apelado, y se tiene un año para su reclamación (ES FALSO QUE SE TENGA QUE HACER ANTES DEL 30 DE JUNIO DE 2017), ya que cuando se interpone demanda y hasta que salga sentencia, los plazos se paralizan, y es una vez que sale la sentencia cuando se empiezan a contar.

3.     En el caso que la Empresa apelase al Tribunal Supremo, los plazos se paralizarían otra vez, y entonces no cabe las demandas individuales, hasta que el TS se pronuncie, empezando en esa fecha de nuevo los plazos para realizar las oportunas demandas individuales.