viernes, 21 de julio de 2017

UNIPOST CONVOCA A LOS SINDICATOS, 21 JULIO 2017


Convocatoria de reunión a las Secciones Sindicales de Unipost


Como continuación a esta comunicación y como avanzamos en la misma, se convoca a la Representación Legal de los Trabajadores a través de las respectivas Secciones Sindicales de UGT, CCOO, CGT, y USO en UNIPOST para mantener reunión informativa el próximo miércoles 26 de Julio a las 11.30 h. en las oficinas centrales de Unipost de C/Pablo Iglesias, 16-20 de Hospitalet de Llobregat.


A dicha reunión asistirá también el Administrador Concursal nombrado por el Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona, despacho JAUSAS LEGAL Y TRIBUTARIO S.L.P.



A TODOS LOS TRABAJADORES/AS DE UNIPOST, 19 JULIO 2017


Conocidas las últimas informaciones trasladadas por la dirección de Unipost, queremos  trasladados lo siguiente desde la sección sindical de UGT /Unipost:

-Que a pesar de las continuas mentiras de la dirección de unipost (tan sólo hace dos semanas negaban su intención de presentar el concurso de acreedores) esta medida no conlleva necesariamente al cierre de la empresa.

-Dicha medida en muchas empresas conlleva un efecto positivo puesto que sirve para reorganizar la deuda (quitas).


De todas estas cuestiones os podremos avanzar más una vez que conozcamos la versión de la empresa, en la próxima reunión (que está pendiente de fijarse en los próximos días) con las distintas secciones sindicales con representación en Unipost.

Sabemos que en estos momentos no es fácil, pero queremos trasladaros calma a pesar de la situación de incertidumbre y preocupación lógica en estos casos.





A continuación os explicamos brevemente las líneas generales del proceso concursal:

Se denomina Concurso de acreedores una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda.

“El proceso concursal permite congelar el pago de las deudas y los expertos se encargan de evaluar si son dificultades financieras pasajeras o no.

Este procedimiento se creó con el fin de paliar los efectos de la insolvencia y que la máxima cantidad de acreedoras puedan cobrar lo máximo posible de sus ventas o servicios prestados.

No significa que la empresa desaparezca, sino todo lo contrario, es un mecanismo que se pone en marcha para procurar que la actividad de la empresa continúe. Los trabajadores de una empresa que haya iniciado un proceso concursal, seguirán cobrando sus sueldos hasta que se resuelva la situación. Aunque las deudas no se abonen, los salarios de los empleados no se dejan de pagar, y si la empresa no cuenta con fondos disponibles, se suele recurrir al Fondo de Garantía Salarial.

Una vez la empresa ha iniciado un concurso de acreedores voluntario, los gestores seguirán llevando la gestión de la actividad empresarial, pero sus decisiones podrán ser vetadas por un juez, o por los que el juez haya nombrado administradores concursales.

La función principal de los administradores es la identificar el patrimonio de la compañías y velar por él. A continuación, ponen en marcha una serie de acciones para procurar salvar la empresa. Entre ellas se comprueba que no haya habido fraude, se venden activos, fijar convenio, liquidar la compañía, etc.

Una vez resuelto el concurso, los deudores que cobrarán son los llamados acreedores con privilegios, y lo harán siguiendo este orden: los trabajadores de la empresa, las administraciones públicas y los deudores con garantías reales (las deudas hipotecarias, por ejemplo) y las entidades bancarias”.


                                          OS SEGUIREMOS INFORMANDO





COMUNICADO DE UNIPOST A SUS TRABAJADORES, 19 JULIO 2017